Bases y condiciones del Concurso “Premio Fundación Santander a las Artes Visuales”

Fundación Santander Argentina (el "Organizador" o la “Fundación”) con domicilio en Av. Paseo Colon 1380 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, realiza esta convocatoria (la "Convocatoria"), que quedará sujeto a las bases y condiciones que seguidamente se detallan (las "Bases"). 

1. OBJETO 
La Fundación otorgará un premio estímulo de arte contemporáneo, cuyo principal objetivo es impulsar profesionalmente a artistas y curadores argentinos para realizar un proyecto expositivo inédito en el espacio de Fundación Santander Argentina, ubicado en el Distrito de las Artes de la Ciudad de Buenos Aires. 

2. JURADO 
Un jurado integrado por Guillermo Tempesta Leeds, Lucrecia Palacios, Nicola Costantino, Carlos Huffmann y Elena Tavelli analizará todos los proyectos recibidos y elegirá un Anteproyecto Ganador que tendrá la oportunidad de desarrollar su propuesta y exhibirla en Fundación Santander Argentina entre abril y noviembre del año 2025. Para la elección del Anteproyecto Ganador se tendrá en cuenta: la trayectoria de los participantes, el concepto curatorial, sus contenidos; la museografía de la propuesta; la forma en que se adaptaría al espacio de la Fundación; la racionalidad económica y el uso eficiente de los recursos materiales e inmateriales. Además, el jurado valorará aquellos proyectos que, en el caso de incluir producción de obra, baraje la posibilidad de capacitar y contratar talleres artesanales de la economía social. Se deja constancia que: • El Organizador está facultado a reemplazar aquellos miembros del Jurado que por cualquier motivo se vieran imposibilitados de cumplir con su labor. • Las decisiones del Jurado serán inapelables. • El Jurado podrá declarar el premio desierto. • Las deliberaciones y votación del Jurado serán reservadas y sin público. 

3. PARTICIPANTES 
3.1 Pueden participar en la Convocatoria (la “Persona Participante” y en plural, las “Personas Participantes”): Curadores/as y Artistas individuales y/o colectivos, mayores de edad, de nacionalidad argentina y de otra nacionalidad, siempre que residen actualmente en la República Argentina y tengan la documentación correspondiente. 
3.2. No podrán participar del Concurso: • Personas que se encuentran dentro del equipo de trabajo de la Fundación y del Banco Santander Argentina S.A (el “Banco”). • Los Curadores/as no podrán presentar un proyecto con obras propias. 
3.3. Las Personas Participantes podrán presentar una propuesta ya concebida que no hayan podido realizar hasta el momento o generar una nueva propuesta curatorial motivada por el espíritu de esta Convocatoria. 
3.4. Las Personas Participantes deberán contemplar las características del contexto arquitectónico y de funcionamiento del espacio en el cual la propuesta será emplazada. El espacio expositivo ocupa la planta baja del edificio corporativo de Santander Argentina, donde trabajan a diario aproximadamente 2000 colaboradores de la empresa. El área que ocupa la Fundación es el ingreso al edificio y, además, punto de reunión durante los eventos que convoca la compañía en su auditorio para 300 personas. Lejos de ser un cubo blanco, el denominado Paseo de las Artes es un espacio vidriado y conectado con el exterior. El espacio puede ser recorrido de lunes a sábados de 12 a 18 hs (días feriados cerrado) en Av. Paseo Colón 1380, CABA. 
3.5. El proyecto presentado deberá incluir: título, concepto curatorial, diseño de montaje, presentación y portfolios del Curador/a y Artista, piezas que formarán parte de la exhibición, presupuesto y plazos para el desarrollo del proyecto. 

4. VIGENCIA 
La Convocatoria estará vigente entre las 00 horas del 06 de agosto de 2024 hasta las 23:59 horas del 30 de septiembre de 2024 (el “Plazo de Vigencia”). 

5. INSTANCIAS DE LA CONVOCATORIA 
Las fechas indicadas a continuación serán estimativas, por lo que podrán modificarse conforme la necesidad de la Fundación. 

 

Apertura de la convocatoria  06 de agosto Cierre de la convocatoria 30 de septiembre de 2024 Evaluación de propuestas por parte del jurado Octubre a noviembre de 2024 Anuncio Anteproyecto Ganador  Noviembre de 2024 Producción de la exposición Noviembre de 2024 a marzo de 2025 Montaje de la exposición Marzo a abril de 2025 Inauguración de la exposición Abril de 2025 Cierre de la exposición Noviembre de 2025




PRIMERA INSTANCIA. INSCRIPCIÓN Y PRESENTACIÓN DE LOS PROYECTOS. 

1. La/s Persona/s Participante/s deberán completar el formulario de inscripción disponible en el siguiente link: https://forms.office.com/e/QqdYNpvtdV con la siguiente información: nombre y apellido (en caso de ser un colectivo nombre del representante), documento de nacionalidad, teléfono, domicilio, email, biografía, statement y portfolio de cada uno de los integrantes (artista y curador/a), y presentación del proyecto concursante (“Proyecto Concursante”).
 
2. La presentación del proyecto concursante deberá incluir un link para acceder a un archivo PDF (que no supere los 10 MB), cuyo nombre del archivo sea Título del proyecto - Apellido artista – Apellido curador/a - (en ese orden). No se aceptan otras formas de presentación. La/s Persona/s Participante/s podrán acceder a los recursos necesarios para el armado de esta presentación en el siguiente link: https://drive.google.com/drive/folders/1-8Rfmd2DjCt0NFCYoZhCgM6ZXL-6ijcU?usp=sharing El archivo PDF deberá incluir la siguiente información: 

a. Brief de la propuesta (máximo 1300 caracteres) 
b. Descripción detallada de la propuesta y su desarrollo conceptual (máximo: 3000 caracteres). 
c. CV artista y CV curador/curadora (máximo 1300 caracteres cada uno) 
d. Material gráfico (fotografías, dibujos, bocetos, planos, fotografías, renders, imágenes digitales) que dé cuenta del Proyecto Concursante y las características de montaje/realización lo más fielmente posible. Las imágenes y los vínculos a otros archivos deben estar integradas a este único PDF. 
e. Descripción de los materiales y técnicas a utilizar para el Proyecto Concursante, o cualquier otro elemento que facilite una comprensión más acabada de la propuesta de realización (máximo: 3000 caracteres). 
f. Plan de producción y cronograma para el desarrollo del Proyecto Concursante. 
g. Presupuesto de producción, basado en estimaciones de precios reales, con un límite de usd 40.000 que deberá considerar incluidos los impuestos y otros conceptos que puedan incidir en el valor total de la propuesta. El mismo incluirá:

i. Honorarios artista y curador/a participantes. Para ello, se toman como referencia los tarifarios indicados por la Asociación Argentina de Críticos de Arte, publicado en:  https://www.aaca.org.ar/honorarios-de-referencia. 
ii. Producción de piezas inéditas, si es necesario. 
iii. Contratación de equipamiento tecnológico (parlantes, proyectores, etc), en caso de ser necesario. 
iv. Costos de traslados de obra para el montaje y desmontaje de la exposición en la Fundación y la contratación de seguros para personas y para el traslado de las piezas que conformen la exposición. 
v. Los costos de montaje y desmontaje del proyecto en la Fundación para entregar el espacio en las mismas condiciones en las que fue entregado. vi. El diseño e impresión de gráfica museográfica (textos de sala, cartelas de obra, etc). 

3. Una vez enviado el formulario, recibirán la confirmación de su inscripción y, desde ese momento, serán considerados Personas Participantes. 
4. Las Personas Participantes podrán proponer más de un Proyecto, pero cada proyecto deberá inscribirse por separado. 
5.  Toda solicitud de información relativa a las bases de la presente Convocatoria deberá ser efectuada a través del correo electrónico fundacion@santander.com.ar, indicando en el asunto “Premio Fundación Santander”. Las preguntas deben ser enviadas dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de publicación de estas Bases. Asimismo, se podrá visitar el espacio junto al Organizador en fechas indicadas por la Fundación en sus redes sociales. 
6. Consideraciones generales para los Proyectos Concursantes: • No se considerarán propuestas que puedan ofender ningún credo, grupo o minoría. • Si el Proyecto Concursante requiere la reproducción de música, las Personas Participantes deberán contemplar el pago de los aranceles correspondientes ante SADAIC (Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música) y/o AADI-CAPIF (Asociación Argentina de Intérpretes y Cámara Argentina de Productores de Fonogramas) dentro del presupuesto presentado. • Si el proyecto incluye una performance, se deberá contratar seguro de accidentes personales para los realizadores de la acción e incluir las activaciones en el desarrollo de la propuesta. • Si en la propuesta se reprodujeran obras literarias, dramáticas, musicales, cinematográficas, televisivas, radiofónicas, coreográficas, pantomímicas, periodísticas, de entretenimientos, o cualquier obra con derechos propiedad intelectual vigentes, se deberá contemplar el pago de los derechos o aranceles que correspondieran ante los organismos o representantes correspondientes. 


SEGUNDA INSTANCIA. SELECCIÓN DEL ANTEPROYECTO GANADOR 

1. De todos los Proyectos Concursantes, el Jurado seleccionará un Anteproyecto ganador (“Anteproyecto Ganador”), de acuerdo con el criterio expuesto y a través del consenso entre sus miembros. 
2. El jurado podrá citar a los participantes de los Anteproyectos que hayan obtenido más votos para ampliar y aclarar los alcances de la exhibición propuesta antes de decidir el Anteproyecto ganador. 
3. Las Personas Participantes cuyo Proyecto Concursante haya sido elegido Anteproyecto ganador serán notificadas por correo electrónico o llamado telefónico. 


TERCERA INSTANCIA. PREMIO. 

1. Se entregará un único premio estímulo al Anteproyecto Ganador, a ser aportado en su totalidad por la Fundación, equivalente al importe de dólares estadounidenses USD 40.000 (cuarenta mil) (en adelante, el “Premio”). El pago del Premio se realizará de la siguiente manera: el 60% (sesenta por ciento) se abonará en pesos al tipo de cambio vendedor vigente al día hábil anterior al inicio de la producción del Anteproyecto, y el 40% (cuarenta por ciento) restante, se abonará en pesos al tipo de cambio vendedor vigente al día hábil anterior al inicio del montaje de la exposición del Anteproyecto en la Fundación, según cotización dólar del Banco de la Nación de la República Argentina, y conforme las fechas estipuladas en cronograma detallado en el punto 5. 
2. Una vez seleccionado el Anteproyecto ganador, se acordará con los ganadores los detalles relativos a la producción del Anteproyecto y cronograma de pagos. 
3. El Premio deberá ser administrado para cubrir los gastos del desarrollo y exhibición del Proyecto, conforme lo detallado en el punto 2 “g” de la primera instancia. 
4. Las Personas Participantes del Anteproyecto Ganador asumen el compromiso de trabajar en la concreción y entrega del proyecto presentado para ser emplazado en la Fundación en la fecha acordada, y a realizar las reuniones de seguimiento que fueran necesarias a tal fin. Asimismo, asumen la responsabilidad de trabajar en equipo con la Fundación y el Banco, prestando colaboración en el proceso de producción del proyecto, y supervisando la instalación y puesta en marcha de la obra. 
5. Las Personas Participantes del Anteproyecto Ganador son conscientes de que el proyecto es susceptible de ser modificado en pos de su producción y emplazamiento. 


CUARTA INSTANCIA. EXHIBICIÓN.
 
1. Espacio de exhibición: El Anteproyecto Ganador se expondrá en el espacio de 1259 m2 aproximadamente, ubicado en Av. Paseo Colon 1380, CABA, conforme los planos acompañados en el siguiente enlace:  https://drive.google.com/drive/folders/106B8kGAOXMcyGSM7RTcNlrW13pPf_afd?usp=sharing 
2. Diseño de exhibición y montaje: El montaje y desmontaje de las obras será responsabilidad de las Personas Participantes del Anteproyecto ganador y deberá realizarse en los períodos establecidos. 
3. Características de exhibición: En lo concerniente a requerimientos de sonido y a la fragilidad de los materiales, se recomienda al Anteproyecto ganador tener en cuenta muy especialmente las características de espacio y de público de la Fundación donde serán expuestas, así como las condiciones de seguridad que rigen en la organización de la Fundación. 
4. Cuidados especiales del espacio: está prohibido obstruir nichos hidrantes, matafuegos, montantes o tableros eléctricos; colgar o usar como anclajes rociadores o cualquier otro elemento instalado en paredes y techos; perforar el piso, las paredes y el cielo raso; tapar o bloquear las salidas de emergencia señaladas en el plano o impedir la normal circulación ante una evacuación. La carga para cada varilla / broca es de entre 200 y 300 Kg y se sugiere no colgar solo de una varilla por más que la carga verifique, sino de al menos dos ya que las brocas responden mejor al corte que a la tracción. La colocación de paredes de placas de Durlock deberá considerar la protección del piso. Asimismo, el Anteproyecto Ganador no deberá representar riesgo alguno a los visitantes. Se destaca que contarán con asesoramiento del personal de arquitectura y mantenimiento de la Fundación para validar técnicamente y ajustar la propuesta, en caso de ser necesario, a las necesidades de cuidado del espacio. Todo personal vinculado a las actividades de montaje y desmontaje debe, mínimamente, contar con zapatos de seguridad. Además, deberán presentar documentación de ingreso: nómina de ART o seguro de vida mínimo de $12.000.000-. Cláusula de No Repetición a favor de Banco Santander Argentina S.A. CUIT 30-50000845-4. 



6. DIFUSIÓN Y REPRODUCCIÓN DEL ANTEPROYECTO GANADOR. 
6.1 Por el hecho de participar en la Convocatoria, cada Persona Participante presta su expresa conformidad, en caso de resultar Anteproyecto Ganador, para que se difunda su nombre, imagen personal y el título de su obra, una sinopsis e imágenes del proyecto en cualquier modo, lugar, formato, soporte y/o medio que determinen la Fundación y el Banco, y para participar de entrevistas y filmaciones en las que comparta información del Anteproyecto Ganador y proceso de trabajo. 
6.2 La Fundación y el Banco se reservan el derecho de uso y divulgación de la información sobre el Anteproyecto Ganador cuando sea necesario para difundir cualquier hecho relacionado con la Convocatoria o para satisfacer cualquier requerimiento de la ley o del ámbito judicial. 
6.3 Las Personas Participantes del Anteproyecto ganador ceden los derechos de reproducción de la memoria descriptiva y visual de sus proyectos, con fines de prensa y comunicación de la Convocatoria y para la elaboración de un archivo sobre las propuestas finalistas de las distintas ediciones del Premio. 
6.4. De manera colaborativa con la Fundación, las Personas Participantes del Anteproyecto Ganador se comprometen, con su postulación, a participar de forma gratuita de eventos para su promoción. 

7. GASTOS Y/O IMPUESTOS. 
La Fundación asumirá los siguientes gastos: - Seguro del espacio y personal de seguridad en sala. - Limpieza del espacio mientras la exposición se mantenga abierta al público. - Gastos de difusión y acciones de prensa de la exposición. - Gastos del evento de inauguración. Todos los otros gastos en los que pudiera incurrirse deberán contemplarse dentro del presupuesto de producción presentado en el marco de esta Convocatoria. 

8. BASE DE DATOS. 
8.1. Los datos de las Personas Participantes serán incluidos en una base de datos de la Fundación con fines relacionados a su actividad. El titular de la base de datos es la Fundación. Los datos personales brindados por el usuario y los que en el futuro brinde son de carácter facultativo y son recogidos a los fines de su participación en la Convocatoria y/o contratación u ofrecimiento de productos y servicios. El titular de los datos podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación y supresión de sus datos en cualquier momento y a su sola solicitud a la Fundación. 
8.2. En cumplimiento de la Resolución AAIP Nº 14/2018, le hacemos saber que la Agencia de Acceso a la Información Pública, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales. 
8.3. Al participar en la Convocatoria y facilitar sus datos a la Fundación, las Personas Participantes prestan expreso consentimiento para que tales datos puedan ser tratados y utilizados por la Fundación y por el Banco Santander Argentina S.A. con fines publicitarios. 

9. CESIÓN DE DERECHOS- PROPIEDAD INTELECTUAL 
9.1 Las Personas Participantes ceden a la Fundación el derecho de realización, exhibición, reproducción y difusión de sus Proyectos. Ninguno de los elementos anteriores condiciona la propiedad intelectual sobre los Proyectos Concursantes, que será de titularidad exclusiva de los/las Personas Participantes. 
9.2 Las Personas Participantes deberán acreditar fehacientemente que cuentan con las autorizaciones de todos los autores para presentar sus obras, difundir nombre e imagen de sus obras y sus personas. 
9.3 Las Personas Participantes garantizan la indemnidad de la Fundación frente a eventuales reclamos por parte de terceros relacionados a la propiedad intelectual de los Proyectos Concursantes. 

10. MEDIOS DE DIFUSIÓN DE LA CONVOCATORIA. 
La Convocatoria podrá ser difundida a través de todos los medios de comunicación masiva incluyendo, pero no limitando, correos electrónicos, página web, redes sociales, canales de difusión de Fundación Santander Argentina y Banco Santander Argentina S.A, que incluirá mail, web, online banking y redes sociales. 

11. ACEPTACIÓN DE LAS BASES. 
Por el hecho de participar en la presente Convocatoria, las Personas Participantes reconocen estar sujetos a las condiciones establecidas en las presentes Bases, las cuales podrán ser consultadas en el sitio web de la Fundación. 

12. SUSPENSIÓN, CANCELACIÓN, MODIFICACIÓN. 
La Fundación se reserva el derecho de cancelar, suspender o modificar la Convocatoria en cualquier momento y sin previo aviso por razones que lo justifiquen, caso fortuito y/o fuerza mayor. 

13. JURISDICCIÓN. 
Todas las divergencias que pudieran surgir con relación a la Convocatoria y a todos los efectos de misma, las Personas Participantes y la Fundación se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales ordinarios de la Ciudad de Buenos Aires.