Transferencias al Exterior

Una transferencia al exterior implica el movimiento de divisas (dólares, euros, libras esterlinas, etc.) desde una cuenta de una empresa residente en Argentina hacia una cuenta radicada en el extranjero.

El peso argentino no es una divisa que se pueda transferir a otros países. Por ello, quien desee realizar una transferencia al exterior debe instruir al banco para que éste, en su nombre, realice la compra de las divisas y las transfiera mediante mensajes encriptados entre bancos al destinatario final de esos fondos.

 

También es importante que sepas que estas operaciones se realizan bajo un código de concepto específico habilitado por Banco Central de la República Argentina (“BCRA”) para identificar el motivo por el cual estás girando dinero. Podés consultar el listado completo de códigos de conceptos admitidos por el BCRA en el siguiente link:

 

Listado de conceptos BCRA

Antes de solicitar una transferencia al exterior es importante que pidas al beneficiario de la misma todos los datos necesarios para que puedas realizar la instrucción al banco correctamente. Estos datos son:

  • DATOS DEL BENEFICIARIO: Nombre completo / razón social; Número de cuenta; Domicilio.
  • DATOS DEL BANCO DEL EXTERIOR: Nombre del banco; y Código SWIFT (todo banco del mundo tiene un código SWIFT único e irrepetible) o código ABA (solo para bancos de EEUU).

Por otro lado debés tener en cuenta las siguientes cuestiones:

  • La empresa residente en Argentina que realice la transferencia al exterior deberá tener una cuenta abierta en Santander.
  • Para cada transferencia al exterior que se realice será necesario iniciar una nueva operación desde la sucursal o a través de Online Banking Empresas. Cada giro al exterior se considera una operación única
  • Antes de solicitar la operación, el cliente de Santander se deberá tener acreditados en la cuenta corriente o caja de ahorro de Santander los fondos necesarios para girar el monto solicitado y cubrir la comisión de la transferencia internacional.
  • La solicitud se procesa en el día siempre y cuando sea presentada antes de las 13 horas por cualquiera de los canales habilitados. En caso de presentarla luego de ese horario, podrá ser procesada siguiente día hábil.
  • Luego de debitada, la transferencia puede demorar entre 48 y 72 horas hábiles para llegar al beneficiario del exterior, dependiendo del país del beneficiario.

Podés solicitar una transferencia al exterior en Santander por dos canales:

POR ONLINE BANKING EMPRESAS: accediendo desde Online Banking Empresas podés realizar transferencias al exterior por todos los conceptos habilitados.

Una vez que realices la solicitud de transferencia nuestro equipo de operaciones deberá revisar los datos y corroborar que los mismos sean correctos para poder realizar el giro sin inconvenientes.

Si hubiera algún error o fuera necesaria alguna modificación te lo haremos saber por el mismo canal que hayas solicitado la transferencia para que puedas corregirlo.

En caso de que no existan errores o modificaciones necesarias, realizaremos el giro al exterior según tus instrucciones.

DESDE TU SUCURSAL: presentando el formulario “6-233 – Formulario único de transferencias al exterior” completado con todos tus datos y la información de la transferencia a realizar (monto y moneda, datos del ordenante, banco del exterior, etc).

A través de este formulario podés transferir al exterior por cualquiera de los conceptos aceptados por el BCRA, los cuales podés consultar en el siguiente link:

Listado de conceptos BCRA

Consultar las comisiones haciendo click aquí y seleccionando el apartado de Pymes.

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